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Información General
Asistencia Consular a Mexicanos
 

El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tiene como prioridad establecer programas de Protección Preventiva que permitan a los mexicanos recibir la orientación necesaria para evitar que se vean afectados al viajar o en su estancia en cualquier país extranjero.

La presente guía proporciona recomendaciones  generales y particulares de carácter práctico de cada uno de los países en donde el gobierno de México cuenta con representaciones Diplomáticas o Consulares

Información General para los Mexicanos que deseen viajar al Extranjero

  1. Pasaporte vigente mínimo por seis meses.

  2. Haber obtenido la visa correspondiente.

  3. Si durante su viaje tiene que transitar por territorio de los Estados Unidos, deberá obtener la visa de transito correspondiente, debido a que el gobierno de ese país emitió, recientemente, una norma migratoria que obliga a todo extranjero a contar con el permiso necesario para transitar por su territorio.

  4. Llevar consigo los recursos económicos necesarios para solventar sus gastos durante su estadía ya sea en efectivo o en cheques de viajero (mínimo 50.00 EU. por día).

  5. Identificación oficial vigente.

  6. Dejar copia de sus documentos a algún familiar en México, así como en el hotel donde se aloje.

  7. Adquirir un seguro de gastos médicos y/o de viajero (cobertura amplia), dejando copia de la póliza a algún familiar en México.

  8. No aceptar llevar ni traer encargos de ningún tipo, no perder de vista su equipaje y documentos, no aceptar que ningún extraño le solicite algún favor mientras que esperan que las autoridades migratorias revisen sus documentos.

  9. Llevar boletos de viaje redondo (ida y vuelta).

  10. En caso de ir a estudiar deberán llevar la visa correspondiente la cual tramitarán ante la Embajada del país a donde se dirigen en México.

  11. En caso de estar bajo tratamiento médico es conveniente llevar consigo el último reporte médico, en caso de ser alérgico a algún medicamento y/o alimento traer consigo siempre algún documento que indique a que, cuando lleve medicamentos tendrá que portar la receta correspondiente.

  12. Cajeros automáticos: Antes de emprender su vuelo lo más conveniente es preguntar al banco emisor de la (s) tarjeta (s) que utilizará si al país (es) que se dirige no hay ningún problema con su utilización.

  13. Verificar con la línea aérea los artículos (sobre todo alimentos) que podrá llevar.

  14. En caso de llegar a tener algún problema de tipo legal deberá solicitar se informe a la Embajada o Consulado de México más cercano a donde ocurrieron los hechos (Convención de Viena Artículo 36 sobre Asuntos Consulares).

  15. En caso de sufrir alguna enfermedad, accidente por los cuales tenga que recibir y/o solicitar atención médica deberá pedir a las autoridades del hospital informen sobre su estancia en ese nosocomio a la Embajada o Consulado de México más cercano a donde se encuentre.

  16. En caso de ser víctima de un asalto y quedarse sin recursos, sus familiares podrán recurrir a la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares en donde les informarán la forma más rápida y efectiva de hacerles llegar ayuda económica.

  17. En caso de viajar a un país donde el gobierno de México no cuente con Embajada o Consulado, se sugiere establecer comunicación con la Secretaría de Relaciones Exteriores (Dirección General de Protección y Asuntos Consulares) para solicitar información sobre la representación mexicana a la cual deberá dirigirse en caso de requerir orientación o ayuda.

De acuerdo a la información publicada en el Boletín Oficial del Estado Español el pasado 14 de mayo de 2007, las personas que desean ingresar como turistas a España deberán contar con reservación de hotel o una carta invitación, expedida por un nacional español o residente en ese país, la cual deberá estar previamente aprobada por la Comisaría de Policía del lugar de residencia del invitante.