Asuntos Civiles
¿Qué debo hacer si he sido víctima de un asalto o agresión por otra persona? Si se encuentra en EUA, debe de reportar el incidente al 911 y solicitar un reporte de la policía en el cual se detallen los documentos y las pertenencias que le fueron robadas o los daños que le causaron en su persona por el incidente. Si se encuentra en cualquier otro lado del mundo, acercarse a la autoridad competente para levantar su reporte. ¿Debo contactar a mi Consulado para informar sobre el incidente? Solo si requiere que se le de seguimiento a su caso ante las autoridades. ¿Qué debo hacer si he sido víctima de una seria agresión con un arma o con mucha violencia y he quedado en una situación médica crítica y/o ha fallecido un familiar? Usted puede aplicar al programa de compensación a víctimas por crímenes violentos de su Estado, a fin de que el mismo sufrague los gastos hospitalarios, tratamiento y gastos funerarios, en su caso. ¿Existe alguna compensación económica diferente a los gastos médicos y funerarios a los que tenga derecho? Tendría que procesar su solicitud ante el programa de compensación a victimas, pero generalmente, los alcances están limitados a los gastos señalados. ¿Los Consulados de México elaboran exhortos y cartas rogatorias? No, los Consulados no elaboran exhortos y/o cartas rogatorias, estas deben ser emitidas por una autoridad judicial en México. Una vez que han sido formuladas, las mismas utilizan a los Consulados como medio de notificación para personas físicas o morales que residen en el extranjero, pero tienen un juicio pendiente en México. |
| Última actualización el Jueves, 09 de Febrero de 2012 14:06 |
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