Certificado de Nacionalidad mexicana por nacimiento

 

Dirección General de Asuntos Jurídicos

 

Este documento se expide a mexicanos por nacimiento, que otro Estado los considere como sus nacionales y que pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad.

 

R E Q U I S I T O S

 

La solicitud DNN-1, debe llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible.

Anexar los siguientes documentos:

a).- Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

Si el interesado nació en el extranjero, deberá exhibir copia certificada del acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera. Además deberá presentar copia igualmente certificada del acta de nacimiento o copia del certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento del padre o madre. En el caso de los hijos de naturalizados mexicanos, adicionalmente deberán presentar copia de la carta de naturalización del padre o madre, si estos se naturalizaron antes del nacimiento del interesado.

Cuando el registro del nacimiento del solicitante o de los padres sea extemporáneo (después del primer año de edad), el interesado deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos:

  1. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.
  2. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de edad.
  3. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del registro civil mexicano, registrado durante el primer año de edad.
  4. Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internación al país del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.
  5. Cotejo notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realizó durante el primer año de edad y en territorio nacional.

b).- Presentar original y fotocopia de una identificación oficial vigente;

c).- Entregar dos fotografías a color tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, reciente y tomada con una anterioridad no mayor de treinta días;

d).- Comprobante de pago de derechos correspondiente, y

e).- Formular las renuncias y protesta que establece el artículo 17 de la Ley de Nacionalidad.

 

Ver costos y tiempos.

Procedimiento de Pago de Derechos medios electrónicos para Nacionalidad y Naturalización