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Organización de los Estados Americanos

La Organización de los Estados Americanos es el organismo regional más antiguo del mundo. Fue creada por 21 Estados el 30 de abril de 1948, mediante la suscripción de la Carta de la OEA, también conocida como la Carta de Bogotá. Es el organismo regional más antiguo cuyos antecedentes se remontan al Congreso Anfictiónico de Panamá en 1826, pasando por las Conferencias Internacionales Americanas.

Es el único foro político hemisférico que aglutina a una potencia mundial y miembro permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y países que contrastantemente luchan por erradicar la pobreza y la desigualdad entre su población. Asimismo, constituye el único espacio en el que países latinoamericanos y caribeños pueden construir una agenda común con Estados Unidos y Canadá, a partir de intereses y preocupaciones compartidas.

La Carta de la Organización ha sido ratificada por 35 Estados, de los cuales participan activamente 34.

ESTADOS MIEMBROS:

Antigua y Barbuda (1981)

Guyana (1991)

Argentina (1948)*

Haití (1948)*

Bahamas (1982)

Honduras (1948)*

Barbados (1967)

Jamaica (1969)

Belice (1991)

México (1948)*

Bolivia (1948)*

Nicaragua (1948)*

Brasil (1948)*

Panamá (1948)*

Canadá (1989)

Paraguay (1948)*

Chile (1948)*

Perú (1948)*

Colombia (1948)*

República Dominicana (1948)*

Costa Rica (1948)*

San Cristóbal y Nieves (1981)

Cuba (1948)*1

San Vicente y las Granadinas (1984)

Dominica (1979)

Santa Lucía (1979)

Ecuador (1948)*

Surinam (1977)

El Salvador (1948)*

Trinidad y Tobago (1967)

Estados Unidos (1948)*

Uruguay (1948)*

Granada (1975)

Venezuela (1948)*

Guatemala (1948)*

(*) Estados fundadores de la OEA.

1Cuba fue suspendida como miembro de pleno derecho del organismo por la Resolución VI de la Octava Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, realizada en Punta del Este, Uruguay, aprobada el 31 de enero de 1962. En el XXXIX Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General, en junio de 2009, se aprobó la resolución 2438 que deja sin efecto la Resolución VI, y señala que la participación de Cuba será el resultado de un proceso de diálogo iniciado a solicitud de ese gobierno, de conformidad con las prácticas, los propósitos y principios de la OEA. Cuba ha manifestado reiteradamente su desinterés en retornar a la OEA.

 

OBJETIVOS

De conformidad con el artículo 2 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, los objetivos de la OEA son: afianzar la paz y la seguridad del continente; promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención; prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre sus Estados miembros; organizar la acción solidaria de éstos en caso de agresión; procurar la solución de los problemas políticos, jurídicos y económicos que se susciten entre ellos; promover, por medio de la acción cooperativa, su desarrollo económico, social y cultural; erradicar la pobreza crítica; y alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros.

La Carta de la OEA ha experimentado varias reformas por medio del Protocolo de Buenos Aires de 1967; del Protocolo de Cartagena de Indias de 1985; del Protocolo de Washington de 1992; y del Protocolo de Managua de 1993, instrumentos que han delineado su estructura actual.

Estas reformas han transformado a la OEA de conformidad con las necesidades que han manifestado sus Estados miembros como prioridades, por lo que  la actual estructura y sus propósitos responden a la evolución de las naciones que la conforman. La OEA refleja la diversidad de pueblos y culturas de todo el hemisferio.

Los principales Cuerpos Políticos de la Organización son: la Asamblea General, las Reuniones de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, el Consejo Permanente y el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral.

La Organización también está conformada por los siguientes órganos: la Secretaría General; el Comité Jurídico Interamericano; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; las Conferencias Especializadas; los Organismos Especializados, y otras entidades establecidas por la Asamblea General.

ESTRUCTURA DE LA OEA

ÓRGANOS POLÍTICOS

El Protocolo de Buenos Aires (1967) designó a la ASAMBLEA GENERAL (AGOEA) como el órgano supremo dentro de la Organización. Tiene la facultad de decidir la acción y la política generales del organismo y considera cualquier asunto relativo a la convivencia pacífica de los países miembros. La Asamblea General celebra una sesión ordinaria al año y puede celebrar sesiones extraordinarias para abordar temas específicos.

La Asamblea General se reúne en diferentes ciudades del continente de conformidad con el ofrecimiento de los Estados miembros. México no ha sido sede de ninguna Asamblea General desde que se reunió por primera ocasión en San José en 1971. Cuando los países no presentan propuestas para ser sede de la Asamblea General ésta se realiza en la sede de la OEA en Washington, D.C., Estados Unidos, lo que ha ocurrido en nueve ocasiones. La última fue la del décimo noveno periodo ordinario de sesiones, en 1989.

Desde 1970 se han registrado 42 períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General. Bolivia fue sede del XLII Período Ordinario de Sesiones de la AGOEA, celebrada en Cochabamba del 3 al 5 de junio de 2012. Guatemala ofreció la sede para el XLIII Período Ordinario (junio de 2012). Participación de México en la XLII AGOEA. Ver Documento de Posición de México en la XLII Asamblea General de la OEA.

La Asamblea General también puede reunirse en periodos extraordinarios a solicitud de un país miembro, de conformidad con lo estipulado en la Carta de la OEA y en la Carta Democrática Interamericana. Ejemplo de esto fue la convocatoria a la 41 AG-Extraordinaria que tuvo lugar en Washington, D.C., el 1 de junio de 2011, con el propósito de discutir la reincorporación de Honduras a la OEA. Participación de México en la 41 AG-Extraordinaria.

La REUNIÓN DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES se celebra con el fin de considerar problemas de carácter urgente y de interés común para los Estados americanos, y para servir de Órgano de Consulta.

Cualquier Estado miembro puede pedir que se convoque la Reunión de Consulta. La solicitud debe dirigirse al Consejo Permanente de la Organización, el cual decide por mayoría absoluta de votos si es procedente la Reunión.

La XXVII Reunión de Consulta fue la más reciente de este tipo, celebrada el 24 de agosto de 2012, para tratar la situación entre Ecuador y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte concerniente a la Inviolabilidad de los Locales Diplomáticos. Participación de México en la XXVII Reunión de Consulta.

El CONSEJO PERMANENTE es el órgano ejecutivo de la Organización y depende directamente de la Asamblea General. Tiene la competencia  de implementar o de vigilar la implementación por otros órganos de la OEA del contenido de las resoluciones emanadas de la Asamblea General y de las Reuniones de Consulta. Asimismo, funge como Comisión Preparatoria de la AGOEA, y suple a ésta en materia regulatoria y de supervisión de la Secretaría General. El Consejo Permanente está compuesto actualmente por seis Comisiones para dar seguimiento a los diversos temas que aborda la OEA. Las Comisiones del Consejo son: Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, Comisión de Seguridad Hemisférica, Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios, Comisión sobre Gestión de Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA, Comisión General y la Comisión Especial de Asuntos Migratorios.

El 1 de octubre de 2012, México asumió la Presidencia del Consejo Permanente que ejercerá hasta el 31 de diciembre de 2012.

El CONSEJO INTERAMERICANO DE DESARROLLO INTEGRAL (CIDI) es un órgano de la Organización que depende directamente de la Asamblea General, con capacidad decisoria en materia de cooperación solidaria para el desarrollo integral. Inició labores en 1996, luego de ser creado por el Protocolo de Managua, que reformó la Carta de la OEA en 1993. México fue el principal promotor de esta reforma, considerando que la OEA no otorgaba la importancia necesaria al capítulo relacionado con la cooperación para el desarrollo.

La SECRETARÍA GENERAL es el órgano permanente de la OEA encargado de ejecutar o de auxiliar a los órganos respectivos a la implementación de los mandatos de la Asamblea General, de las Reuniones de Consulta y del Consejo Permanente. Ofrece servicios de secretariado a todas las reuniones interamericanas, sean éstas en Washington o en otro lugar del hemisferio, y sirve de archivo documental de la Organización, siendo la depositaria de tratados y acuerdos, así como las ratificaciones de los mismos. Tambíen, es responsable de llevar a cabo acciones de cooperación con otras organizaciones nacionales e internacionales, de conformidad con lo señalado en las resoluciones que adopten la Asamblea, las Reuniones de Consulta y los Consejos.

Toda la estructura de la OEA está orientada a trabajar para fomentar la cooperación entre los Estados Miembros, basándose en cuatro pilares determinados por el Secretario General José Miguel Insulza: democracia, derechos humanos, seguridad multidimensional y desarrollo. Para promoverlos y avanzar en su consecución, la Organización se vale del diálogo político, de la cooperación, y de mecanismos de seguimiento. Participación de México en la OEA.

Desde el 2 de mayo de 2005 la Secretaría General está encabezada por José Miguel Insulza, de nacionalidad chilena, quien fue reelegido el 24 de marzo de 2010 para un segundo período. Asimismo, el 7 de junio de 2005 fue elegido el embajador surinamés Albert R. Ramdin para el cargo de Secretario General Adjunto, reelegido en 2010 para un segundo período de cinco años.

El COMITÉ JURÍDICO INTERAMERICANO sirve de cuerpo consultivo de la Organización en asuntos jurídicos; promueve el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional; y estudia los problemas jurídicos referentes a la integración de los países para el desarrollo del hemisferio, de conformidad con el capítulo XIV de la Carta de la OEA.

La COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) es un órgano principal y autónomo de la OEA con el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. La CIDH surge por mandato de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La CIDH y la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CoIDH) conforman el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el cual constituye el marco para la promoción y protección de los derechos humanos, y provee un recurso a los pueblos de las Américas que han sufrido violación de sus derechos humanos por parte del Estado. Participación de México en el Sistema Interamericano de Derecho Humanos.

Las CONFERENCIAS ESPECIALIZADAS son reuniones intergubernamentales para tratar asuntos técnicos especiales o para desarrollar determinados aspectos de la cooperación interamericana, y se celebran cuando lo resuelva la Asamblea General, la Reunión de Consulta, los consejos o los organismos especializados.

Los ORGANISMOS ESPECIALIZADOS son organismos gubernamentales establecidos por acuerdos multilaterales, con determinadas funciones en materias técnicas de interés común para los Estados americanos. Disfrutan de amplia autonomía dentro del marco de las recomendaciones de la Asamblea y de los consejos: la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el Instituto Interamericano del Niño, Niña y Adolescentes (IIN), la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA).

También existen Otras Entidades, Organismos y Dependencias Autónomas y Descentralizadas. La Carta de la Organización de los Estados Americanos estipula que, según se estime necesario, se pueden establecer dentro de la estructura de la OEA otros órganos, organismos y entidades. Los organismos especializados son organismos intergubernamentales establecidos por acuerdos multilaterales que tienen determinadas funciones en materias técnicas de interés común para los Estados americanos.

Última actualización el Jueves, 04 de Octubre de 2012 16:30
 
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