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Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados (CIFTA)

La Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados (CIFTA) fue aprobada y abierta a firma el 14 de noviembre de 1997, en la sede de la OEA. Hasta el momento ha sido ratificada por 30 Estados Miembros, entre los cuales se incluye México. La Convención entró en vigor el 1º de julio de 1998, al depositarse el segundo instrumento de ratificación (México).

La Convención es resultado de una iniciativa mexicana, planteada originalmente en la X Cumbre del Grupo de Río (Cochabamba, Bolivia, septiembre de 1996) y constituye el primer instrumento jurídico a nivel internacional que tiene como propósito impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. Además, establece mecanismos de asistencia jurídica mutua para facilitar la investigación y el procesamiento de las actividades consideradas ilícitas y un artículo relativo a la extradición, que prevé mecanismos para asegurar la aplicación de la ley a los delincuentes en caso de que resulte improcedente la extradición por motivos de nacionalidad.

La Convención ha servido como base para subsecuentes tratados globales en la materia, incluyendo el Protocolo de Armas de Fuego de las Naciones Unidas que suplementa la Convención de Naciones Unidas Contra el Crimen Transnacional Organizado.

En el marco de la CIFTA se han realizado dos Conferencias de Estados Parte de la Convención.

La Primera Conferencia de los Estados Parte de la CIFTA se celebró los días 8 y 9 de marzo de 2004, en la Ciudad de Bogotá, Colombia. Entre los aspectos más relevantes de la Conferencia destacan: la inclusión de las propuestas mexicanas contenidas en el Apartado III “Autorizaciones o Licencias de Exportación, Importación y Tránsito”, de la Declaración de Bogotá; el consenso sobre la no conveniencia de crear un Mecanismo de Seguimiento adicional, logrando así que su Comité Consultivo sea la instancia que realice ese tipo de acciones sin generar cargas presupuestales adicionales a los Estados.

La Segunda Conferencia de los Estados Parte de la CIFTA se celebró los días 20 y 21 de febrero de 2007, conforme a la decisión adoptada por la 37 Asamblea General mediante su Resolución 2341 “Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados” y en cumplimiento con lo acordado en la Declaración de Bogotá sobre el Funcionamiento y Aplicación de la CIFTA. La Conferencia se celebró en México, D.F., conforme al ofrecimiento de sede formulado por el gobierno mexicano.

La Segunda Conferencia adoptó el Compromiso de Tlatelolco, en el cual se reconoce la importancia de implementar y fortalecer las legislaciones nacionales, regionales e internacionales sobre la fabricación y tráfico ilícitos y el desvío de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, así como su implementación, para disminuir la proliferación de armas no autorizadas en poder de civiles, y la cantidad de muertes y víctimas, accidentales o criminales. Asimismo, alienta a los Estados miembros de la OEA para que, cuando corresponda, implementen las legislaciones modelo vigentes.

Legislaciones Modelo:

A fin de asistir a los Estados Miembros con sus requerimientos legislativos en materia de combate al tráfico de armas, el Comité Consultivo de la CIFTA, cuerpo compuesto por los Estados Partes de la Convención, ha desarrollado y adoptado varias legislaciones modelo en los últimos 10 años mediante el “Grupo de Expertos para Preparar Legislación Modelo en las Áreas a que se refiere la CIFTA”.

Como su nombre lo indica, estos documentos son modelos o guías sugeridas y no son legalmente vinculantes. Son herramientas de las que pueden servirse los Estados para fortalecer sus regímenes legislativos o regulatorios, siempre de acuerdo a las provisiones de sus políticas nacionales y sus sistemas legales.

Para México resulta importante combatir el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otro tipo de materiales relacionados, dado que este fenómeno conlleva un efecto desestabilizador al estar relacionado directamente con buena parte de los problemas delictivos, tanto en nuestro país como en el hemisferio.

El tráfico de armas aunado a la delincuencia organizada trasnacional y particularmente al narcotráfico es, sin duda, un enemigo que pone en entredicho la paz, la convivencia armónica, los derechos humanos, la democracia y, en términos generales, el desarrollo de nuestros pueblos. Todas nuestras naciones enfrentan las terribles consecuencias de este flagelo.

México tiene la certeza de que el problema del tráfico ilícito de armas es un fenómeno grave y creciente que fortalece la actividad de la delincuencia organizada transnacional. Los Estados Miembros de la OEA deben procurar, sin dudas ni condicionamientos, una estricta y efectiva aplicación de las disposiciones de la Convención dentro de un, cada vez más fortalecido, sentido de responsabilidad compartida y de una cooperación reforzada.

En este escenario, debe resaltarse la importancia que para nuestro país revisten los trabajos del Comité Consultivo de la CIFTA, a la luz del papel preponderante que México desempeñó en el proceso de negociación de la citada Convención, presidiendo las labores del Grupo de Trabajo respectivo. Para México resulta prioritario insistir en la necesidad de que la Convención alcance la universalidad a la brevedad posible, a fin de fortalecer este importante instrumento interamericano.

México ha fungido como Secretaría Pro Témpore del Comité Consultivo durante los periodos 2000-2001, 2001-2002, 2007-2008 y 2010-2011.

En México, a través de la aplicación de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento, se cumple con lo estipulado en la CIFTA, relativo al registro, control, marcaje, importaciones y exportaciones de estas armas.

Última actualización el Jueves, 05 de Julio de 2012 12:49
 
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