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Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas (REMJA)
El proceso de la Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas (REMJA) constituye el foro político y técnico de mayor importancia a nivel hemisférico en temas relacionados con el fortalecimiento y acceso a la justicia y la cooperación jurídica internacional en áreas relacionadas con la asistencia mutua en materia penal; extradición; políticas penitenciarias y carcelarias; delito cibernético y ciencias forenses, entre otras. La Secretaría General de la OEA, a través del Departamento de Cooperación Jurídica de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presta los servicios de secretaría técnica y administrativa a las REMJA. El “Documento de Washington” rige el proceso de las REMJA y fue aprobado por consenso en la sesión plenaria celebrada el día 30 de abril de 2008, en el marco de la Séptima Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas (REMJA VII) celebrada de conformidad con lo dispuesto en el capítulo X, numeral 2, de las Conclusiones y Recomendaciones de la REMJA VI y de las Resoluciones AG/RES. 2228 (XXXVI-O/06) y AG/RES. 2266 (XXXVII-O/07) de la Asamblea General y CP/RES. 929 (1629/08) del Consejo Permanente de la OEA. Las disposiciones que integran el “Documento de Washington” se refieren a las denominación, integración y funciones de las REMJA; su organización y funcionamiento; grupos de trabajo y reuniones técnicas; relaciones con órganos, organismos, entidades y mecanismos de la OEA; relaciones con otros procesos de cooperación y con el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA); así como a las funciones de la Secretaría Técnica. |
| Última actualización el Jueves, 05 de Julio de 2012 12:41 |
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