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Certificado de constitución de sociedades extranjeras

 

Los interesados o su representante legal deberán acudir a la oficina consular con los siguientes documentos:

 

Escritura constitutiva y estatutos de la Sociedad, o documentación local con la que deberá acreditar que se encuentra constituida legalmente conforme a las leyes locales y que en la fecha de la solicitud se encuentra operando.

Los documentos anteriores se deben presentar por duplicado y traducidos al español, legalizados o apostillados, cuando sea procedente.

Presentar copia de la más reciente declaración de impuestos de la sociedad para acreditar que en el momento de la expedición no se ha disuelto o fusionado.

Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.



Última actualización el Miércoles, 17 de Agosto de 2011 12:33
 
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