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PASAPORTES PARA MENORES DE EDAD

 

Requisitos: Para la expedición de pasaporte ordinario a menores de edad, los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

 

1. Acudir personalmente con el menor a cualquier oficina consular en el exterior

El trámite también puede efectuarse en los Consulados Móviles y Consulados sobre Ruedas, con los cuales se llevan los servicios consulares a lugares alejados de la sede de la representación.

 

2. Llenar y entregar la solicitud de pasaporte debidamente firmada, la cual se obtiene en las oficinas consulares. Ver muestra de solicitud (OP5)

La solicitud contendrá la declaración del solicitante, bajo protesta de decir verdad, de que los documentos y datos proporcionados son correctos y auténticos.

 

3. Acreditar la nacionalidad mexicana del menor mediante la entrega de uno de los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento certificada (original) expedida por el registro civil o por un Consulado de México. 
    • Si fue expedida por el Registro Civil, el registro se debe haberse efectuado durante los primeros tres años en que tuvo lugar el nacimiento; de lo contrario será considerada como acta extemporánea.
  • Acta de nacimiento certificada por las oficinas consulares.
  • Certificado de nacionalidad mexicana.
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
  • Carta de naturalización.
  • Cédula de Identidad Ciudadana,
  • Matrícula Consular de Alta Seguridad.

 

4. Acreditar la filiación y ejercicio de la patria potestad con las actas de nacimiento e identificaciones respectivas.

 

5. Los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela, deberán acreditar su identidad con cualquiera de los siguientes documentos:

  • Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
  • Pasaporte mexicano;
  • Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
  • Cédula Profesional;
  • Título Profesional;
  • Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;
  • Certificado de nacionalidad mexicana.
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
  • Carta de naturalización.
  • Cédula de Identidad Ciudadana,
  • Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad
  • Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente.
  • Licencia de conducir mexicana.
  • Cartilla de Identidad del S.M.N. sin liberar.
  • Credencial del ISSSTE, IMSS, Fuerzas Armadas, Servicio Postal Mexicano con foto.

 

6. Identificación del menor de edad con uno de los siguientes documentos oficiales con fotografía:

  • Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente mexicano o extranjero;
  • Constancia del grado de estudios que cursa o credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico, otorgados por institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública de México o por el Ministerio de Educación del país o Estado en el que se encuentre la Oficina Consular.
  • Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o de seguridad social mexicana o extranjera, misma que deberá contener las características que, para tal efecto, establezca la propia institución.
  • Carta de Naturalización mexicana o Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad.
  • Las diferentes versiones de pasaporte mexicano, siempre que los rasgos físicos adviertan que se trata de la misma persona;
  • Exclusivamente para los menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones anteriores, podrá presentarse constancia médica con fotografía y sello de una institución médica reconocida por la ley del lugar donde se encuentra la oficina consular;
  • Los documentos probatorios de identidad extranjeros, previa verificación del funcionario consular que autorice el pasaporte, de que se trata de una prueba de identidad válida en su circunscripción consular.

 

7. Presentar 2 fotografías tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm.),

    Sin lentes, cabeza descubierta, de frente, fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días naturales antes de la emisión del pasaporte.

 

8. Cubrir el pago de derechos correspondiente en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

 

9. El consentimiento de los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela a través del llenado del formulario OP 7.

Última actualización el Viernes, 15 de Febrero de 2013 17:58
 
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