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¿Quiénes somos?

 

La Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior es una oficina dependiente de la Subsecretaría para América del Norte, nuestro objetivo primordial es proteger los intereses de los mexicanos a través de las oficinas consulares acreditadas en el exterior.

 

Evolución

 

A raíz del aumento en la migración documentada e indocumentada, en 1980 se crea la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares, para dedicar esfuerzos especializados en las tareas de protección, mejorando los sistemas de atención, seguimiento y solución de la problemática migratoria. La SRE creó la categoría de cancilleres de protección, que fueron adscritos a los consulados en EUA, para dedicarse de modo exclusivo y especializado a la protección. Para 1983 todos los consulados en EUA contaban con al menos un canciller de protección y buena parte de ellos habían creado un departamento o sección de protección.

En 1985, por necesidades presupuéstales, la Dirección General de Protección fue absorbida por la Dirección General de Servicios Consulares para formar la Dirección General de Protección y Servicios Consulares. En el Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio Exterior, publicado el 26 de enero de 1989, la Dirección General se vuelve a denominar de Asuntos Consulares. En el Reglamento del 3 de marzo de 1993, mantiene sus mismas funciones así como el nombre de Dirección General de Asuntos Consulares.

El 28 de agosto de 1998, se establece como la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares (DGPAC), mediante la publicación en el Diario Oficial, de un nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Finalmente y a raíz de la publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el 8 de enero de 2009, se formaliza la división de las áreas de protección y servicios consulares, con la creación de dos direcciones generales: La DG de Servicios Consulares y la DG de Protección a Mexicanos en el Exterior.

 

Misión y Visión

 

La Dirección General de Protección a Mexicanos en el exterior tiene como misión, realizar y promover acciones destinadas a garantizar el respeto de los derechos de los mexicanos en el exterior, coadyuvadas con la elaboración, revisión y aprobación de los programas y políticas de protección instrumentados en las representaciones de México en el exterior.

Nuestra visión es considerar de manera integral la atención de las necesidades de los mexicanos en el exterior en materia de protección, así como coordinar los programas, las medidas de simplificación, modernización tecnológica y desregularización administrativa en los servicios brindados por las Representaciones de México en el exterior.

 

Oficinas Centrales

 

La Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, tiene sus oficinas centrales en Plaza Juárez No. 20, pisos 17 (Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P.06010 México D.F.). En la planta baja de este mismo edificio se cuenta con un área de atención al público, donde usted puede recibir asesoría y atención personalizada dentro del horario de: 9:00. a 13:00 hrs. El personal de la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior con gusto le atenderá dentro de su ámbito de competencia. Si usted no reside en el D.F. puede asistir a cualquier Delegación Foránea de la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde recibirá la misma atención y asesoría.

 

Ámbito de competencia

 

(Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, D.O.F. 8 de enero de 2009).ARTÍCULO 22. Corresponde a la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior:

I. Supervisar el desarrollo de la protección;

II. Dictar los lineamientos y directrices que normen los programas integrales y acciones tendientes a garantizar la protección de los derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior;

III. Recabar, analizar y sistematizar la información que permita el diseño de políticas de protección y su instrumentación;

IV. Elaborar programas de protección y, en su caso, ordenar, revisar y aprobar los que deban ser preparados por las representaciones de México en el exterior, así como supervisar su buen desarrollo y cumplimiento;

V. Instruir a las representaciones de México en el exterior y las delegaciones foráneas para el cumplimiento oportuno y eficaz de las acciones y programas de protección, y supervisar su buen desarrollo;

VI. Estandarizar los procedimientos y criterios de los programas integrales y acciones de protección, en coordinación con la Dirección General de Servicios Consulares;

VII. Recibir, estudiar y glosar los informes de protección que rindan las representaciones de México en el exterior;

VIII. Dar acceso, de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional, a los sistemas de cómputo desarrollados para la protección consular y, en el ámbito de su competencia, del fenómeno migratorio; así como coordinar con la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, la correcta administración de los mismos, a fin de facilitar la generación de información y estadísticas en la materia;

IX. Instrumentar, en coordinación con el Instituto Matías Romero, acciones de capacitación y actualización para los servidores públicos que intervienen en las tareas de protección;

X. Intervenir, de manera concertada con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, en la negociación, ejecución y supervisión de tratados, acuerdos o programas laborales, para asegurar la instrumentación de medidas que garanticen el respeto a los derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior;

XI. Realizar las funciones derivadas de su designación como autoridad ejecutora o central en tratados y acuerdos internacionales en materia de adopción, sustracción de menores y pensiones alimenticias;

XII. Ser el conducto para entregar a los beneficiarios los bienes y valores obtenidos y recuperados a su favor, por las representaciones de México en el exterior;

XIII. Atender, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Secretaría, los casos de violación de los derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior o respecto al incumplimiento de tratados o de convenios internacionales que deriven en perjuicio de nacionales mexicanos;

XIV. Participar en coordinación con las autoridades y unidades administrativas competentes de la Secretaría y de otras dependencias federales, en el diseño e instrumentación de la política migratoria de México;

XV. Diseñar y establecer políticas de protección preventiva que tengan como objetivo la diseminación de información útil para la salvaguarda de los derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior;

XVI. Fungir como enlace de la Secretaría con la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de Migración, respecto a los mexicanos repatriados;

XVII. Proponer la apertura, cierre, o redefinición de las oficinas consulares de México en el exterior;

XVIII. Proponer la apertura, cierre, o redefinición de Consulados Honorarios, y sobre el nombramiento y término de funciones de los Cónsules y Vicecónsules Honorarios de México;

XIX. Participar en coordinación con las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría para América del Norte, en la preparación de evaluaciones relacionadas con la organización interna de las misiones diplomáticas y representaciones consulares en la región de América del Norte, con el propósito de atender sus necesidades y requerimientos en materia de recursos humanos;

XX. Coordinar sus acciones con las Subsecretarías que cuentan con unidades administrativas cuya competencia se determine por área geográfica, para el efecto de intercambiar información y coadyuvar en las acciones de protección, así como con la Dirección General de Servicios Consulares, y

XXI. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

Última actualización el Miércoles, 17 de Agosto de 2011 12:38
 

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