Para la atención de solicitudes de obtención de cartas de naturalización:

Actualmente, puede iniciar su procedimiento eligiendo una de las siguientes modalidades:

(Favor de revisar los requisitos que deberá de cumplir en cada una de las modalidades, las cuales se encuentran en el menú ubicado en esta página de internet).

Obtención de cita:

Atención:

El proceso de pre-registro no debe realizarse desde dispositivos móviles, tales como celulares y tabletas. Asimismo, una vez que inicie con el pre-registro, deberá concluirlo.

Se atenderá con cita previa.

La persona extranjera solicitante deberá ingresar a la página de internet https://re.sre.gob.mx/sinna/ y realizar un pre registro de sus datos. Asimismo, deberá elegir el lugar para llevar a cabo su procedimiento, ya sea en la Oficina Central ubicada en la Ciudad de México, o el lugar donde se encuentre alguno de los Módulos de Atención al Público ubicados en un espacio dentro de las Oficinas de Pasaportes de Mérida, Monterrey y Pachuca. Cabe destacar que el procedimiento iniciará y concluirá en la ubicación elegida por la persona extranjera solicitante.

 

Ciudad de México:

ÁREA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES. AVENIDA INDEPENDENCIA, PLANTA BAJA, COLONIA CENTRO, DEMARCACIÓN TERRITORIAL CUAUHTÉMOC, C.P. 06010, CIUDAD DE MÉXICO.

Hidalgo:

VIA DORADA: AV FERROCARRIL CENTRAL 121, ZONA PLATEADA, 42080 PACHUCA DE SOTO, HGO.

Yucatán:

CENTRO COMERCIAL "THE HARBOR MÉRIDA" CALLE 60 AVENIDA PROLONGACIÓN PASEO MONTEJO, INTERIOR 1X3 LOTE VM02, COLONIA VÍA MONTEJO, C.P. 97204, MÉRIDA, YUCATÁN.

Nuevo León:

AV. MIGUEL ALEMÁN, No. 200, COL. LA FE, C.P. 66477, MUNICIPIO SAN NÍCOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN DENTRO DEL INMUEBLE DENOMINADO "PASEO LA FE"

 

En la misma liga de pre-registro, podrá seleccionar el día y hora de su cita para que se presente en la Oficina de su elección. Por último, en el correo electrónico con que se dé de alta, le llegará el número de folio de su solicitud y la confirmación de su cita, la cual deberá presentar al ingresar a la Oficina de su elección.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos otorgará el número de citas de acuerdo con su capacidad de atención en las oficinas de la Ciudad de México o en los Módulos de Atención al Público. No se recibirá documentación alguna sin cita previa. A la cita deberá acudir la persona extranjera solicitante sin acompañante, y ninguna persona puede acudir en su representación. Las personas menores de edad, deberán acudir acompañados de sus padres y en los casos de trámite por la modalidad de matrimonio con persona mexicana, deberán de asistir acompañados por su cónyuge.

El día de su cita, la persona extranjera solicitante entregará la solicitud de nacionalidad mexicana por naturalización DNN3, misma que puede descargar en el SINNA al momento de realizar su pre registro, acompañada de toda la documentación que corresponda por duplicado. La documentación deberá estar apegada a los requisitos que señala la Ley de Nacionalidad y el Reglamento de la Ley de Nacionalidad. En la cita deberá traer el original del pasaporte o de la tarjeta de residente para su debido cotejo con las copias que presente de los mismos.

El Pasaporte extranjero o documento de identidad y viaje, este último expedido por la Dirección General de Oficinas de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores, deberá tener una vigencia mínima de cuarenta y cinco días hábiles.

La Constancia de antecedentes penales federal, deberá tener una vigencia de 3 meses a partir de su expedición. Para mayor información, se sugiere visitar el siguiente sitio https://www.gob.mx/prevencionyreadaptacion/articulos/tramita-tu-constancia-de-antecedentes-penales

La vigencia de la Constancia de antecedentes penales de la entidad federativa donde resida la persona extranjera, será la que determine dicha autoridad y en caso de no establecerla, esta no deberá exceder de 3 meses desde su expedición.

Constancia Local:

Para las personas que radican en la Ciudad de México, deberán tramitarla en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Para las personas extranjeras que radican en otros Estados, deberán tramitarla en la Fiscalía General del Estado o Procuraduría General de Justicia del Estado donde residan.

La vigencia de la Constancia de antecedentes penales de la entidad federativa donde resida la persona extranjera, será la que determine dicha autoridad y en caso de no establecerla, esta no deberá exceder de 3 meses desde su expedición.

La tarjeta de residente temporal expedida por el Instituto Nacional de Migración deberá tener una vigencia restante de por lo menos 6 meses, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, en sus artículos 16, fracción III, 17, 18, fracción III, 19, fracción III y 20, fracción III.

Una vez entregada la documentación, la Dirección General de Asuntos Jurídicos o el Módulo de Atención al Público que se haya elegido, comenzará a realizar la revisión de dicha documentación.

En caso de no cumplir con los requisitos y vigencias, la Dirección General de Asuntos Jurídicos o el Módulo de Atención al Público, le comunicará de manera presencial al solicitante que no cumple con los requisitos, debiendo solicitar una nueva cita.

En caso de que la solicitud y que la documentación cumpla con todos los requisitos y se encuentren vigentes, la Dirección General de Asuntos Jurídicos procederá a aplicar los exámenes correspondientes y posteriormente en caso de aprobar, se realizará la toma de biométricos (huellas y fotografía).

Examen de historia y cultura de México y examen de idioma español.

El examen de historia y cultura de México contiene 10 preguntas. Para aprobarlo, la persona extranjera solicitante deberá responder al menos 8 preguntas de forma correcta. El examen tendrá una duración máxima de 10 minutos. La bibliografía de estudio podrá ser consultada en la siguiente página de internet: https://sre.gob.mx/component/phocadownload/category/16-nacionalidad-y- naturalizacion?download=159:guia-de-estudios.

El examen de idioma español constará de una breve entrevista, así como de una lectura de comprensión y un apartado de redacción, que en total tendrán un valor de 6 puntos. Para acreditarlo, la persona extranjera solicitante deberá obtener un mínimo de 5 puntos y haber respondido de forma satisfactoria la entrevista en idioma español. El examen tendrá una duración máxima de 10 minutos.

Conforme a la Ley de Nacionalidad y el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, se reitera que las personas menores de edad, las personas refugiadas y las personas que reciban protección complementaria (conforme lo determine la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, COMAR de la Secretaría de Gobernación) y las personas extranjeras mayores de 60 años no requerirán realizar el examen de historia y cultura de México. Sin embargo, al igual que cualquier otra persona extranjera solicitante, deberá acreditar que sabe hablar el idioma español, mediante un examen.

La persona extranjera solicitante tendrá derecho a dos intentos para aprobar el examen de historia y cultura de México. Quienes deban realizar el examen de idioma español también tendrán derecho a dos intentos para acreditarlo.

En caso de que la persona extranjera solicitante no apruebe el primer intento de alguno de los exámenes de historia y cultura de México o de idioma español, la Dirección General de Asuntos Jurídicos enviará una segunda cita desde el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a la persona extranjera solicitante para que se presente después de 15 días hábiles al segundo intento del examen que corresponda en las oficinas centrales ubicadas en la Ciudad de México o en el Módulo de Atención al Público.

La persona extranjera solicitante que no apruebe el segundo intento deberá esperar un año contado a partir del día siguiente de la aplicación de su último examen, para presentar una nueva solicitud, debiendo pagar nuevamente los derechos correspondientes.

Asimismo, se considerarán como no presentados y aprobados los exámenes, cuando la persona extranjera solicitante no se presente a su cita en la fecha programada y, por lo tanto, deberá esperar un año para presentar una nueva solicitud con el pago de los derechos correspondientes. 

Inicio de plazos y términos legales

Con la solicitud y la documentación completa, se procederá a la dictaminación y registro en el Sistema Integral de Nacionalidad y Naturalización (SINNA), para generar el expediente respectivo, momento a partir del cual comenzarán a correr los plazos y términos legales.

En el caso de las solicitudes presentadas en los Módulos de Atención al Público, para que empiecen a correr los plazos y términos legales, será necesario que dichas solicitudes junto con la documentación completa, sean remitidas a la Oficina Central de la DGAJ, a fin de que se genere el expediente respectivo en el SINNA.

Una vez completado todo ello, de acuerdo con el caso, la persona extranjera solicitante recibirá un acuse de la entrega de su formato de solicitud y recibirá un correo con usuario y contraseña para dar seguimiento a su trámite de naturalización.

Una vez cumplidos todos los requisitos, las etapas del procedimiento y en caso de que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a su juicio, estime conveniente expedir la carta de naturalización, de conformidad con la Ley de Nacionalidad y el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, la Dirección General de Asuntos Jurídicos otorgará una cita a la persona extranjera solicitante para su entrega.