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Visas para Extranjeros

 

Régimen Consular (Visas)

 

Turista

 

Los nacionales de países que requieran visa para ingresar a territorio nacional con la característica migratoria de turista por un periodo hasta por 180 días, deberán presentar ante las Autoridades Consulares los siguientes documentos:

  • 1. Presentar Pasaporte o documento de identidad y viaje en regla, que acredite su nacionalidad, se recomienda vigencia mínima de 6 meses.
  • 2. Acreditar ante el Cónsul alguno de los siguientes requisitos:
    • Arraigo en su lugar de residencia, o
    • Estabilidad laboral, o
    • Ser un viajero internacional frecuente, o
    • Solvencia económica, o
    • Necesidad de viaje.

 

NOTA: Los extranjeros de naciones que requieran visa, estarán exentos de la misma, cuando acrediten ser residentes legales permanentes en Estados Unidos, Canadá, Japón, Reino Unido o Espacio Schengen.

 

Países que no requieren visa para ingresar como turistas.

 

Transmigrante (Transito por México hacia otro país).

 

Los nacionales de países que requieran visa para ingresar a territorio nacional con el objetivo de transitar hacia un tercer país, por un periodo hasta por 30 días, deberán acreditar ante las Autoridades Consulares los siguientes documentos:

  • 1. Presentar Pasaporte o documento de identidad y viaje en regla, que acredite su nacionalidad, se recomienda vigencia mínima de 6 meses.Acreditar su legal estancia en el país donde se documenta.
  • 2. Acreditar su admisión al país al que se dirige.
  • 3. Ubicarse en alguno de estos tres supuestos:
    • Arraigo en su lugar de residencia, o
    • Estabilidad laboral, o
    • Ser un viajero internacional frecuente, o
    • Solvencia económica, o
    • Necesidad de viaje.

 

NOTA: Los extranjeros de naciones que requieran visa, estarán exentos de la misma, cuando acrediten ser residentes legales permanentes en Estados Unidos, Canadá, Japón, Reino Unido o Espacio Schengen.

 

Países que no requieren visa para ingresar como transmigrantes.

 

Visitante Persona de Negocios

Los nacionales de países que requieran visa para ingresar a territorio nacional en la característica migratoria de Visitante en la modalidad de Persona de Negocios sin realizar actividades lucrativas, por un periodo hasta por 180 días, deberán acreditar ante las Autoridades Consulares los siguientes documentos:

  • 1. Presentar Pasaporte o documento de identidad y viaje en regla, que acredite su nacionalidad, se recomienda vigencia mínima de 6 meses.
  • 2. Las personas de negocios deberán presentar alguno de los siguientes documentos:

       

    • Presentar solicitud avalada por una organización empresarial nacional, debidamente reconocida por las autoridades competentes del país del que se trate o por las consejerías comerciales de México en el extranjero; o
    •  

    • Carta de invitación de las cámaras de comercio o industria, asociaciones empresariales, organismos públicos o privados, o de empresas industriales, comerciales o instituciones financieras en México; o
    •  

    • Carta de solvencia económica de la empresa que representa durante el tiempo de su estancia en el país; o

 

NOTA: Los extranjeros de naciones que requieran visa, estarán exentos de la misma, cuando acrediten ser residentes legales permanentes en Estados Unidos, Canadá, Japón, Reino Unido o Espacio Schengen. Países que no requieren visa personas de negocios.

Por cuestiones de práctica consular, se podrán solicitar documentos adicionales en cada trámite, por lo que se recomienda ponerse en contacto con la Representación Mexicana en la cual lo realizará.

 

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Última actualización el Miércoles, 24 de Abril de 2013 11:30
 
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