CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

  1. Los documentos que contengan alteraciones, tachaduras, enmendaduras o sean ilegibles, carecerán de validez.

  2. Todas las cartas de naturalización, declaratorias y certificados de nacionalidad que se presenten para acreditar la nacionalidad mexicana en el trámite de expedición de pasaporte, en trámite por primera vez, serán verificadas en un período de 3 a 5 días hábiles. Dichos documentos deberán ser presentados en su original para cotejo y devolución en el momento de su presentación.

  3. La SRE se reserva el derecho de verificar ante la autoridad competente los documentos entregados para expedición de pasaporte. Los trámites que se envíen a verificación, estarán supeditados al tiempo de respuesta por parte de su emisor, por lo que la expedición del pasaporte no podrá realizarse en los plazos establecidos.

  4. La firma, huellas y pegado de la fotografía en los formatos OP-5 y, en su caso OP-7, deberán realizarse en presencia del personal de la SRE.

  5. Si el Pasaporte a renovar contiene un error en los datos, deberá indicarlo al personal de la Delegación de la SRE aportando los documentos originales que justifiquen la modificación. En este caso el pasaporte se entregará hasta en 10 días hábiles contados a partir de la presentación de su solicitud. Este lapso puede variar en caso de que se requiera la verificación de los documentos, para este supuesto los tiempos adicionales estarán supeditados a la respuesta por parte de la autoridad emisora de los mismos.

  6. Los extranjeros que se presenten a realizar cualquier trámite ante la SRE, deberán acreditar su legal estancia en el país con la Forma Migratoria vigente y, en su caso, pasaporte extranjero vigente.

  7. Los documentos extranjeros que se presenten, deberán estar debidamente apostillados o legalizados y traducidos por perito oficial, salvo que ese documento sea el pasaporte extranjero.

Recomendaciones

  1. Si en el acta de nacimiento del menor no aparece la ( C R I P ), cuenta con las siguientes alternativas:

    1. Acudir al Registro Civil correspondiente y solicitar Acta de Nacimiento con ( C R I P )
    2. Presentar la CURP

  2. El uso de documentos falsos, la falsedad de declaraciones y la falsificación de documentos son delitos tipificados por el Código Penal Federal, y la SRE está obligada a hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes, por lo que se recomienda tener plena certeza de la autenticidad de los documentos que presente, conducirse con veracidad ante los funcionarios de la SRE y abstenerse de recurrir a gestores o “coyotes” para realizar su trámite.

  3. La SRE NO OFRECE entre sus servicios el trámite de visas de Gobiernos extranjeros ni licencias internacionales para conducir.

  4. Está prohibido tener más de un pasaporte ordinario vigente. Asegúrese que se le entregue el pasaporte presentado para renovar debidamente cancelado y perforado.

  5. Al momento de recibir el pasaporte, deberá verificar sus datos y si este contiene algún error, deberá abstenerse de firmar de conformidad, solicitando la corrección y reposición del documento en ese momento, de lo contrario, tendrá que realizar un nuevo pago de derechos por la expedición de un nuevo pasaporte.


Si no encuentra en las ligas anteriores la información que busca o tiene alguna duda o pregunta, por favor contáctenos a través del siguiente correo electrónico: dudasparatramites@sre.gob.mx


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